domingo, 25 de abril de 2010

¡Derrotemos a la CoNEAU en exactas!

jueves, 22 de abril de 2010

martes, 20 de abril de 2010

sábado, 17 de abril de 2010

Los estudiantes marchamos junto a los pueblos originarios


Video de la marcha y acampe en el chaco del año pasado

martes, 13 de abril de 2010

¡No a los fondos del saqueo y la contaminación!

En agosto del año pasado el Consejo Superior de la UBA votó la aceptación de los fondos provenientes del YMAD, de la explotación del emprendimiento minero Bajo La Alumbrera. Este año quieren hacerlo nuevamente.
Toda la info

Miércoles 14/4 9hs: Movilización y acto frente a la asunción del nuevo consejo superior de la UBA bajo el reclamo “No a los fondos de la Alumbrera”
Jueves 15/4 18hs. Mesa redonda organizada por el CECEN (aula a confirmar)

domingo, 11 de abril de 2010

LUNES todos al consejo por el plebiscito

¡Que no avancen con la LES y la CONEAU en Exactas!

sábado, 10 de abril de 2010

Boletín informayivo LES y CONEAU - abril 2010

 Está el boletín informativo sobre las acreditaciones en la facultad, que reproducimos a continuación. Al final de la página links a documentación y páginas de interés. La versión en pdf:





Para ver la versión de marzo en pdf, click aquí.

Boletín informativo abril 2010


¡Que no avancen con la LES y la CONEAU en Exactas!

En nuestra facultad ya hay tres carreras con plazos de acreditación inminentes: Química, Geologia y Computación. A fines del año pasado, más de 1000 estudiantes y docentes firmamos el petitorio para que se realice un plebiscito antes de iniciar la acreditación de nuestras carreras. En asambleas de más de 200 estudiantes, se definió la toma del decanato por dos días. Con estas movilizaciones logramos poner el tema sobre la mesa y que las autoridades no puedan acreditar nuestras carreras silenciosamente a espaldas de estudiantes y docentes.
Las autoridades dejaron en claro su intención de acreditar y dejaron la puerta abierta para comenzar el primer paso de la acreditación (la mal llamada “autoevaluacion”) a principios de este cuatrimestre, incluyendo un arículo en la resolución aprobada específicamente para esto (ver falacia 7). Por otra parte, aprovecharon el estatuto antidemocrático de la UBA para presentar una lista única de profesores y así pasaron a controlar 11 de los 16 votos en el Consejo Directivo. Así las autoridades de la facultad tienen los votos en el Consejo para hacer cualquier reforma o modificación que quieran, por lo que se hace particularmente importante la discusión y organización independiente de los estudiantes, y que logremos que no avancen con la acreditación de nuestras carreras.

En este boletín queremos acercarte información que sacamos de diversos materiales. También podés encontrar más info en el blog de la lista Unidad ( http://listaunidad-fcen.blogspot.com)
o preguntanos en el curso o los pasillos. No te quedes con dudas. Porque para defender la universidad pública y nuestras carreras con formación científica completa tenemos que ser muchos e informarnos, discutir y organizarnos en cada curso.


¿Qué es la LES?

La Ley de Educación Superior (LES) fue aprobada en 1995, durante la presidencia de Menem. Esta Ley, junto a la Ley Federal de Educación para los primarios y secundarios, dieron el marco legal con el que los sucesivos gobiernos, incluyendo el actual gobierno K, fueron implementando la política educativa del Banco Mundial. Tanto es así que el Banco Mundial exigió la sanción de la LES para aprobar un crédito a la Argentina de 165 millones de dólares para “reformas de las universidades”. Mas aún, ni bien se votó la LES, el entonces Secretario de Políticas Universitarias del gobierno de Menem (Del Bello) recibió una felicitación directa del BM por la sanción, y la comunicación de que en esas condiciones, el crédito negociado se aprobaría rápidamente (Página 12, 29/6/95)(*1). En definitiva, estas leyes son parte de las políticas de dependencia y entrega que han llevado a la Argentina a estar a merced de la crisis mundial actual.

Los lineamientos del Banco Mundial para la educación en la Argentina y paises dependientes como el nuestro están claramente indicados en dos libros de ese organismo: “Argentina: de la insolvencia al crecimiento”(*2) y “La enseñanza superior: lecciones derivadas de la Experiencia” (*3) que iremos citando a lo largo de este boletín.

RECUADRO: La opinión del BM sobre Ciencia y Técnica
Es interesante ver por ejemplo, qué recomienda el Banco Mundial en el documento “Argentina: de la insolvencia al crecimiento” (*2) para el sector de Ciencia y Técnica:
“... privatización del CONICET y la Fundación Miguel Lillo con el resultado de la eliminación de 5639 puestos de trabajo del presupuesto del sector público … ” (pag 113).
“... la CNEA debe ser reestructurada en unidades de comercialización e investigación para su privatización y transferencia fuera de la presidencia, de manera de salvar 4236 posiciones, que implican un costo anual de u$s 850 millones...”
Lamentablemente, el desmembramiento y la privatización de sectores de la CNEA propuesto por el BM fue parte de los logros del gobierno de Menem, y tambien hubo varios embates para privatizar el CONICET.

¿Qué es la CONEAU?
Organismos independientes de fiscalización, pequeños pero capaces, pueden formular y supervisar las políticas de la educación superior, orientar las asignaciones presupuestarias y evaluar y dar a conocer el desempeño de las instituciones (...).”
Banco Mundial, “La enseñanza superior: lecciones derivadas de la Experiencia”, página 10 (*3)

La aprobación de la Ley de Educación Superior en 1995 fue un paso fundamental para que las políticas del Banco Mundial avancen en la universidad. La LES crea a la CONEAU como un instrumento de coacción para avanzar en este sentido.

La CONEAU evalúa si las universidades están adecuadas a los parámetros establecidos por el Ministerio de Educación, parámetros que han sido definidos siguiendo los lineamientos del Banco Mundial. Si una universidad no sigue estos parámetros, será perjudicada en la evaluación y en la asignación presupuestaria, y la CONEAU puede hasta definir el cierre de sus carreras. Es un fabuloso instrumento de coacción y chantaje. Es por esto que el entonces Subsecretario de Educación Mundet afirmó que la CONEAU "es el alma mater" de la LES.

¿Cómo está constituida la CONEAU?
“Artículo 47: La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria estará integrada por doce (12) miembros, designados por el Poder Ejecutivo nacional a propuesta de los siguientes organismos: tres (3) por el Consejo Interuniversitario Nacional, uno (1) por el Consejo de Rectores de Universidades Privadas, uno (1) por la Academia Nacional de Educación, tres (3) por cada una de las Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, y uno (1) por el Ministerio de Cultura y Educación (...)”
Ley Nacional de Educación Superior, Nº 24.521. (*4)

¡O sea que a los miembros de la CONEAU los designa el presidente de turno! Y encima, la mitad son a propuesta del Congreso. ¡Sí, el Congreso de la Banelco y el diputrucho!Y de la otra mitad está no sólo el Consejo de Rectores de las Universidades Privadas, sino también la Academia Nacional de Educación: institución de la que por ejemplo es miembro directivo el ex ministro de Menem Antonio Salonia.

En definitiva, sólo 3 de 12 miembros son del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), de las universidades públicas. Pero ni siquiera esto garantiza una voz de defensa de la universidad pública, como tenemos sobrada experiencia por ejemplo con el actual rector de la UBA Rubén Hallú, principal impulsor de la política represiva en la UBA, con el cerco al consejo Superior, las asambleas universitarias con represión y los juicios a estudiantes.

RECUADRO: La LES es inconstitucional
La LES viola la autonomía universitaria que está establecida en la Constitución Nacional, y por lo tanto es inconstitucional, particularmente los artículos que reglamentan y crean la CONEAU. Esto es lo que establece el fallo del juez Marinelli, a partir de un recurso de amparo presentado por la UBA y que rige justamente para nuestra universidad “El dictamen de Marinelli declara inconstitucional el artículo 29, que determina los alcances de la autonomía universitaria; el 42 y 43, referidos a los contenidos de los planes de estudio; el 46, sobre el establecimiento del Ministerio como acreditador de carreras de grado; y el 50." (*11)

Por lo tanto en particular para la UBA no hay ninguna necesidad legal de acreditar las carreras a la CONEAU. Y mas aún, el fallo Marinelli demuestra que hay argumentos sólidos para decir que la LES es inconstitucional, y deberia por lo tanto dejar de ser ley.

La comercialización de la educación: la educación como servicio.

La LES y la CONEAU están en el marco de la comercialización de la educación impulsada por la Organización del Comercio: justamente en el 2002, un decreto del entonces presidente Duhalde incluyó a la Argentina en un tratado de la OMC para comercializar la educación superior. La propia Ley de Educación Superior caracteriza a la educación superior como un servicio y no como un derecho (*4):

Artículo 2: El Estado al que le cabe responsabilidad indelegable en la prestación del servicio de carácter público, reconoce y garantiza el derecho a cumplir con ese nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la formación y capacidad requeridas.

Artículo 4: Son objetivos de la Educación Superior, además de los que establece la ley 24.195 en sus art. 5, 6, 19 y 22;


  • Inc. F) Articular la oferta educativa de los diferentes tipos de instituciones que la integran.


  • Inc. G) Promover una adecuada diversificación de los estudios de nivel superior, que atiendan tanto a las expectativas y demandas de la población como a los requerimientos del sistema cultural y de la estructura productiva.
¿Que quiere decir la mercantilización o comercialización de la educación? Justamente lo que dice la LES: Que la educación superior, en lugar de ser un derecho, un bien estratégico para el desarrollo científico y tecnológico del país, sea un servicio, un producto del mercado. Y como el mercado está controlado por diversos grupos imperialistas, como la Barrick, Repsol, Monsanto, Microsoft o Techint, implica dejar a la educación a merced de estos grupos.

→ “Ambiente propicio para las universidades privadas”

Una parte importante de que la educación pase a ser un producto del mercado es, como dice el Banco Mundial, poder “crear un ambiente propicio para las instituciones privadas” (*3), y para ello poner las mismas reglas de juego para universidades públicas y privadas.

Para esto es fundamental la acreditación: para establecer un ranking entre las universidades y asi tener parámetros comunes de comparación en el mercado de la educación. Como en Estados Unidos donde dependiendo del ranking de la universidad se paga más o menos. Muchas veces quieren hacernos confundir evaluar con acreditar, pero no son lo mismo. Por ejemplo, la evaluación más elemental de las universidades muestra que es necesario un aumento presupuestario, pero sin embargo la CONEAU impulsa todo lo contrario.

Particularmente perversa es otra parte de poner las mismas reglas de juego: la exigencia de la “calidad del servicio” a universidades privadas y publicas, desestimando el pequeño detalle de que en una universidad publica, el que debe proveer el presupuesto para poder dictar clases de calidad es el mismo estado. O sea, exigir a una universidad privada que si no cumple con tener laboratorios, aulas, docentes no puede extender un titulo de Licenciado en Química es razonable: es un negocio donde se cobra a alumnos para dictar las clases. Pero extender esa idea directamente a las universidades publicas, y que el estado por un lado exiga esos parametros y por otro no destine los fondos necesarios para cumplir con ellos es una manera genial de promover el autofinanciamiento y dejar el camino listo para que la CONEAU cierre carreras. La misma CONEAU reconoce que en el proceso de acreditación de las ingenierias, 8 carreras fueron cerradas. (*5)

Finalmente, el establecimiento de contenidos minimos también es una medida que favorece a las privadas: con ellos, se equiparan los títulos de las universidades privadas con las públicas. Asi ya no importa si sos licenciado de la UBA o de la UP, sos licenciado CONEAU, de un título que cumple con los contenidos minimos.

Ahogo presupuestario, arancel y autofinanciamiento

El Banco Mundial promueve la reducción de los fondos del Estado destinados a la educación pública. Junto con esto promueve medidas para reducir el número de estudiantes de las universidades públicas y promover a las privadas, como vimos antes. Dicho con sus propias palabras:

"• Controlar el acceso a la educación superior a cargo del Estado en función de criterios de selección eficientes y equitativos. (...)
Crear un ambiente propicio para las instituciones privadas.
Establecer o aumentar la participación de los estudiantes en el costo de su educación y otras medidas de diversificación financiera."
Banco Mundial, “La enseñanza superior: lecciones derivadas de la Experiencia”, página 97, (*3).

Desde la aprobación de la LES, la lucha estudiantil y docente ha impedido alguna de estas cosas, principalmente impidió el arancel de la universidad pública, aunque han avanzado en otras, como por ejemplo el autofinanciamiento en base a los servicios a terceros, que está claramente establecido en el artículo 59 de la LES (*4):

Artículo 59: Las instituciones universitarias nacionales tienen autarquía financiera, la que ejercerán dentro del régimen de la ley 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional. En ese marco corresponde a sus Consejos Superiores u órganos que cumplan funciones similares:

- Inc. C) Podrán dictar normas relativas a la generación de recursos adicionales a los aportes del Tesoro nacional, mediante la venta de bienes, productos, derechos o servicios, subsidios, contribuciones, herencias, derechos o tasas por los servicios que presten, así como todo otro recurso que pudiera corresponderles por cualquier título o actividad. Los recursos adicionales que provinieren de contribuciones o tasas por los estudios de grado, deberán destinarse prioritariamente a becas, préstamos, subsidios o créditos u otro tipo de ayuda estudiantil y apoyo didáctico; estos recursos adicionales no podrán utilizarse para financiar gastos corrientes. Los sistemas de becas, préstamos u otro tipo de ayuda estarán fundamentalmente destinados a aquellos estudiantes que demuestren aptitud suficiente y respondan adecuadamente a las exigencias académicas de la institución y que por razones económicas no pudieran acceder o continuar los estudios universitarios, de forma tal que nadie se vea imposibilitado por ese motivo de cursar tales estudios.

En consonancia con el Banco Mundial y la LES, la CONEAU habla de mejorar la educación sin hablar de un aumento presupuestario. En cambio, la CONEAU promueve los trabajos a terceros como una forma de financiamiento, y ha felicitado a las facultades que cobran aportes o aranceles a sus alumnos (como Medicina de Cordoba).

En la Asamblea Universitaria del 2008 las autoridades de la UBA y de nuestra facultad modificaron el Estatuto de la UBA para avanzar en el autofinanciamiento. En el estatuto anterior se aclaraba que el financiamiento de la UBA era estatal. En este aclaran que es "prioritariamente" estatal con lo que blanquean la situación irregular de ingresos a partir de la generación de recursos propios.

Por otra parte, en estos años las autoridades de la facultad profundizaron el autofinanciamiento con los recursos propios. El año pasado ingresaron unos $13.000.000 de recursos propios, de los cuales la facultad se queda entre un 10% y un 20%. Esto quiere decir que del presupuesto de funcionamiento para la facultad, cerca de la mitad proviene de recursos propios. Mientras, votan en contra de cualquier medida de reclamo presupuestario, y ahora usan como argumento para acreditar nuestras carreras a la CONEAU que nos van a dar plata a través de los planes de mejoramiento (ver recuadro con falacias).

Por eso tambien es particularmente importante que los estudiantes liguemos la lucha contra la CONEAU con la lucha por el aumento de presupuesto, porque el ahogo presupuestario es una de sus armas de coerción y chantaje más poderosas.

Becas
Si se lee atentamente el Artículo 59 puede concluirse dos cosas. Por un lado, trata a las becas como un gasto excepcional cuyo financiamiento debe salir de los recursos propios y no del Tesoro Nacional. Y por el otro, promueve que las becas no sean asignadas principalmente según la necesidad económica, sino en primer lugar según el desempeño académico. Así, se sigue discriminando socialmente ya que el principal motivo del bajo rendimiento es justamente la situación social.

Restricciones al ingreso y la regularidad

Artículo 2: El Estado al que le cabe responsabilidad indelegable en la prestación del servicio de carácter público, reconoce y garantiza el derecho a cumplir con ese nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la formación y capacidad requeridas.

Artículo 35: Para ingresar como alumno a las instituciones universitarias, sean estatales o privadas, deberá reunirse como mínimo la condición prevista en el artículo 7 y cumplir con los requisitos que cada institución establezca.

Artículo 50: Cada institución dictara normas sobre regularidad en los estudios, que establezcan el rendimiento académico mínimo exigible, debiendo preverse que los alumnos aprueben por lo menos dos materias por año, salvo cuando el plan de estudios prevea menos de cuatro (4) asignaturas anuales, en cuyo caso deben aprobar (1) una como mínimo. En las universidades con mas de cincuenta mil (50.000) estudiantes, el régimen de admisión, permanencia y promoción de los estudiantes será definido a nivel de cada facultad o unidad académica equivalente.
Artículos de la LES (*4)

El examen de ingreso restrictivo y la regularidad se ha implementado principalmente en las carreras de medicina. También se han implementado en facultades de ingeniería, agronomía, humanidades y otras. Por ejemplo, en la facultad de Ingeniería de la UBA aprobaron el año pasado un reglamento de regularidad que dejó cerca de 2000 estudiantes afuera. Esto va de la mano de otras medidas restrictivas como cambios en los reglamentos de cursada. Con estas medidas van dejando a miles afuera, sobre todo los estudiantes que trabajan. Estas medidas fueron propuestas por la CONEAU o aplaudidas por la misma. En lugar de adecuar el presupuesto a las necesidades de la Nación, adecuaron la cantidad de estudiantes al mísero presupuesto disponible. De este modo, hoy las facultades de medicina no forman la cantidad de médicos que el pueblo necesita. Las largas esperas en los hospitales públicos son sólo una muestra de este problema.

Políticas del Ministerio de Educación para los planes de estudio. Las “recomendaciones” de la CONEAU.

División de las carreras en ciclos, con un Ciclo General de Conocimientos Básicos de 2 años.

En el 2004, el Secretario de Políticas Universitaria del gobierno K Juan Carlos Pugliese presentó el documento “Políticas Públicas para las Universidades Nacionales” (*6) a los rectores de las universidades. En este documento plantea el “desarrollo de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos” (pag. 7). También hace un punto especial para el “Mejoramiento de las Carreras de Ingeniería”, donde puntualiza como uno de los problemas “la tendencia a la excesiva especialización en el grado” (pag. 8).

Luego, en los diarios fueron apareciendo más precisiones sobre la propuesta para todas las carreras: Ciclo General de Conocimientos Básicos de 2 años, ciclo profesional o superior (2 o 3 años), y luego posgrados. En los diarios Pugliese cita explícitamente la Universidad de Quilmes y Gral. Sarmiento como ejemplos (*7). En Quilmes hay primero un ingreso restrictivo para entrar. Luego un ciclo de 2 años (diplomatura) dividida en dos áreas: Sociales y Tecnológica. Pasado este ciclo se comienza a cursar la licenciatura o ingeniería.

Estos son los parámetros de evaluación que sigue la CONEAU y que exige para acreditar. Nada mejor que ver un ejemplo concreto, como ser la resolución CONEAU 517/03 que acredita la carrera de Ingeniería en Alimentos del Departamento de Tecnología de la Universidad Nacional de Luján por 3 años exigiéndole que lleve adelante una serie de “mejoras” (*8):


  • “(IV) Elaborar la currícula de un ciclo común y adecuar a ella la currícula de los planes de estudio vigentes.Implementar en este ciclo estrategias pedagógicas específicas para la enseñanza de las ciencias básicas (...)” (léase ciclos comunes de conocimientos basicos)


  • “(V) Poner en marcha un plan de estudios de la carrera acorde a los paradigmas del estado del arte de la enseñanza de la ingeniería, que reduzca significativamente la carga horaria y garantice la sustitución de material informativo por material fundamental (...)” (léase, menor carga horaria y reduccion de contenidos específicos)

    “(VI) Formalizar la inclusión en el plan de estudios de la PPS (Practicas Profesionales Supervisadas) en sectores productivos y/o de servicios o bien en proyectos desarrollados por la institución para dichos sectores o bien en cooperación con ellos (...)” (lease, para recibirse es obligatorio trabajar gratis para alguna empresa directamente o para algún servicio a tercero realizado dentro de la facultad)
¿Y por casa como andamos?
En la UBA esta estructura de ciclos ya está implementada en Económicas. También se han realizado propuestas para juntar los dos primeros años de Ingeniería y Exactas (incluyendo al CBC). Y en la Asamblea Universitaria del 2008, las autoridades de la UBA y de nuestra facultad modificaron el estatuto para permitir la división de las carreras en ciclos.

Esto está en la plataforma de la lista única de profesores de nuestra facultad (ADU). En el primer punto del apartado “Política Académica en la FCEN” habla de los cambios en los planes de estudio y termina diciendo También es importante promover la discusión sobre la conveniencia de extender el ciclo común de todas o de algún grupo de carreras más allá del primer año” (*9). En este sentido, ya avanzaron al unificar los Análisis de Matemática, Física, Química, Atmósferas y Computación, y plantean unificarlo también con el Análisis de Biología.

¿Qué argumentos dan a favor de la acreditación de nuestras carreras?

El año pasado, quedó claro que las autoridades de la facultad quieren acreditar, empezando con las autoevaluaciones (primer paso de la acreditación) este cuatrimestre. Para promover la acreditación usan algunos de los siguientes argumentos:

FALACIA 1) “si no acreditas te sacan la validez de tu título, no podes incidir en las incumbencias y actividades reservadas al título, pueden no darte la matricula para trabajar en la industria.”

– La validez nacional del título la da el Ministerio de Educación (art 41 de la LES)
LES - Artículo 41: “El reconocimiento oficial de los títulos que expidan las instituciones universitarias será otorgado por el Ministerio de Cultura y Educación. Los títulos oficialmente reconocidos tendrán validez nacional.”

Es decir: la Ley de Educación Superior no establece que pierden validez los títulos no acreditados. En todo caso, es el Ministerio de Educación (el Poder Ejecutivo) el que amenaza con quitar la validez a quien no acepte acreditarse. En este sentido va el artículo 7º del Decreto 499/95 (*10) de Menem, que vincula la validez de los títulos a las acreditaciones (el artículo dice que para los títulos de las carreras declaradas de interés público sólo serán reconocidos oficialmente si están acreditados) Pero debe haber una resolución en particular del Ministerio de Educación para quitar la validez a un título ya existente, relacionado o no con una cuestión de acreditaciones. También es importante desctacar que el Fallo Marinelli, que declara inconstitucional varios artículos de la LES, también invalida el artículo 7 del Decreto de Menem para la UBA. (*11)

En este sentido, cuando fue la lucha del Comahue en el 2004, después de que ganaron que la universidad rechace la LES y las acreditaciones, tomaron el Ministerio de Educación nacional para que el Ministro firme asegurando que las carreras de la Universidad del Comahue seguían teniendo títulos de validez nacional.

Las incumbencias, según el artículo 42 de la LES las define cada universidad:

LES - Art 42: “Los títulos con reconocimiento oficial certificarán la formación académica recibida y habilitarán para el ejercicio profesional respectivo en todo el territorio nacional, sin perjuicio del poder de policía sobre las profesiones que corresponde a las provincias. Los conocimientos y capacidades que tales títulos certifican, así como las actividades para las que tienen competencia sus poseedores, serán fijados y dados a conocer por las instituciones universitarias, debiendo los respectivos planes de estudio respetar la carga horaria mínima que para ello fije el Ministerio de Cultura y Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades.”

– La matrícula la dan los colegios profesionales provinciales, pero lo único que piden las leyes que reglamentan estos colegios provinciales es que tengas un titulo expedido por una universidad nacional. Te dejamos los links a las leyes de los consejos profesionales de las carreras que se están discutiendo las acreditaciones.
También podés encontrar las leyes en el blog de la lista unidad.
Por lo tanto no es cierto que sea necesario acreditar a la CONEAU para tener determinadas incumbencias, ni para tener un titulo de validez nacional, ni para tener matricula.

Falacia 2) “No hay que cambiar nada de los planes de estudio, así como estamos o con cambios muy menores, ya podemos acreditar”

Efectivamente, la etapa actual es tratar de que la mayor cantidad de carreras entren en la acreditación y para eso no ponerse muy molesto en esta primera etapa. Por ejemplo, la resolución del Ministerio para acreditar las carreras de computación (*15) explicita “que por tratarse de la primera aplicación del nuevo régimen a estas carreras, la misma debe realizarse gradualmente, especialmente durante un período de transición en el que puedan contemplarse situaciones eventualmente excepcionales.”. Y aclara más en sus artículos:

Art. 4 º - Lo establecido en los Anexos aprobados por el artículo 1º de la presente deberá ser aplicado con un criterio de flexibilidad y gradualidad, correspondiendo su revisión en forma periódica.
Art. 7º - Una vez completado el primer ciclo de acreditación obligatoria de las carreras (…), se propondrá al CONSEJO DE UNIVERSIDADES la revisión de los Anexos aprobados por el artículo 1º de la presente.

O sea que, tanto el gobierno, el Ministerio y la CONEAU, impulsan que en estos momentos las carreras acrediten, aunque sea de forma y provisoriamente. Lo importante es acreditar, lento pero seguro… Y después se vienen las revisiones de los contenidos, carga horaria, las prácticas profesionales supervisadas, etc... Pero ya estás en el baile, y ahora es la CONEAU la que decide!

No hay que olvidarse que los resultados de una acreditación sólo pueden ser tres: acreditación por 6 años, acreditación por 3 años, o no acreditación, que implica en muchos casos el cierre de las carreras. La misma CONEAU reconoce que, por ejemplo, en el proceso de acreditación de las Ingenierías ya fueron cerradas 8 carreras (*5).

Falacia 3) “Bueno, acreditemos y si despues nos exigen algo que no nos gusta, nos vamos”

Esta es una variante de la falacia anterior. En algunos posgrados que acreditaron de la UBA sucedió eso. La CoNEAU le pidió más cosas y no les puso categoría A. Entonces la UBA escudándose en la autonomía y en el fallo del Juez Marinelli, que declara inconstitucionales a los principales artículos de la LES referentes a la CoNEAU, planteó dejar la acreditación. Un extracto de la respuesta de la CoNEAU: “La CONEAU es respetuosa del fallo judicial en el que se declaran la
inconstitucionalidad y la consiguiente invalidez en el ámbito de la UBA de los artículos
42, 43, 46 inc. b) de la ley de educación superior y, consecuentemente, de los artículos
5° y 7° del decreto reglamentario 499/95. (…) Contando con ese fallo, la UBA presentó voluntariamente sus posgrados para la acreditación. Al hacerlo, aceptó libremente los marcos jurídicos y organizacionales, así como los instrumentos y procedimientos de la CONEAU.” (*16) O sea, si aceptaste entrar al baile tenés que bailar.

Además, no nos engañemos: los impulsores de la acreditación en este momento son el gobierno nacional y las autoridades de la facultad, sería ilógico que luego de haber acreditado quieran irse para atrás. Más bien, van a poder encontrar la mayor cantidad de trabas legales y políticas para no salir de la CONEAU y que se lleven adelante las reformas que impulsan como el autofinanciamiento, los posgrados pagos (en Exactas los posgrados solo son gratuitos para los alumnos de doctorado) o la división de las carreras en ciclos (como se insinúa en la plataforma de la lista única de profesores ADU).

Falacia 4) “Si acreditamos, nos van a dar plata”

Esto es claramente un chantaje del gobierno: Primero te ahogo presupuestariamente y luego, si aceptás las modificaciones, te doy plata para eso. Así surgieron luego el PROMEI (Ingeniería), PROMAGRO (Agrarias), PROSOC (Sociales). Son fondos de una vez para las mejoras que ellos quieren. Y aparte si las autoridades de la facultad dicen que no hay nada que cambiar para acreditar, entonces ¿para qué nos van a dar fondos?

La manera de enfrentar el ahogo presupuestario es luchar por mayor presupuesto como vienen haciendo los estudiantes y docentes de la facultad. Pero en lugar de ponerse a la cabeza de este reclamo, las autoridades se han opuesto sistemáticamente a cualquier medida para reclamar el presupuesto que la facultad necesita.

Falacia 5) “Que cada carrera decida si quiere acreditar o no”
Las autoridades de la facultad usan este argumento para lograr que la CONEAU al menos entre en alguna carrera, y vaya ganando posiciones dentro de la facultad. Como se ve en los documentos que hay que llenar, la acreditacion no es de solo una carrera: incluye información institucional, oferta académica, todas las carreras que se dictan, existencia de ciclos comunes y el consentimiento de la facultad. (*18) (*19) Además, las políticas que impulsa la CONEAU nunca incluyen una sola carrera: no se puede hacer un ciclo comun con una carrera, o impulsar el autofinanciamiento de una sola carrera. Una carrera no puede definir su arancelamiento.

Falacia 6) “Es la Ley. Hay que cumplirla

Si bien la LES es ley, viola la autonomía universitaria que está establecida en la Constitución Nacional, y por lo tanto es inconstitucional, particularmente los artículos que reglamentan y crean la CONEAU. Esto es lo que establece el Fallo Marinelli, que rige justamente para la UBA. Por lo tanto en particular para la UBA no hay ninguna necesidad legal de acreditar las carreras a la CONEAU. Y mas aún, el fallo Marinelli demuestra que hay argumentos sólidos para decir que la LES es anticonstitucional, y deberia por lo tanto dejar de ser ley.

Falacia 7) “Empecemos con la autoevaluacion y despues definimos si continuamos o no

El año pasado las autoridades de la facultad dejaron la puerta abierta para empezar con el primer paso de la acreditación (la “autoevalución”) este cuatrimestre, antes de realizar las jornadas de discusión o el plebiscito. En la resolución 2937/09 que aprobaron el año pasado las autoridades de la facultad se comprometen a no realizar los “tramites definitivos” ante la CONEAU antes del segundo semestre, pero agregaron un artículo 5 que dice : “declarar que la resolución definitiva (…) no queda condicionada por ningún acto administrativo académico o burocrático tales como el inicio del proceso de autoevaluación de alguna carrera que se realice hasta tanto dicha resolución se aprobada”(*20). El problema justamente es que empezar la “autoevaluación” es empezar con la acreditación. En la ordenanza 5/99 de la CONEAU (*21) se explicitan los tres pasos de la acreditación:

ARTICULO 2º.- El proceso de acreditación de carreras de grado constará de las siguientes etapas:
a. Autoevaluación, que se realizará durante un período de cuatro meses a través de las pautas establecidas en la documentación técnica de la CONEAU
b. Actuación de los Comités de Pares (...)
c. Proceso de toma de decisiones por parte de la CONEAU, que incluye entre otros, el análisis de los procedimientos desarrollados, de los dictámenes y sus respectivas recomendaciones.

O sea, empezar con la autoevaluación es empezar a acreditar. Es por eso que es tramposo que por un lado digan que quieren discutir pero por el otro lado aclaran que mientras discutimos pueden empezar con la acreditación de las carreras. Es por eso que es fundamental que exijamos y logremos que realmente no empiecen con ningún paso de la acreditación, incluyendo la autoevaluación, hasta que se hayan realizado las jornadas de discusión y el plebiscito.
Por otro lado, ¿qué es la “autoevaluación”? Si bien sería propicia una autoevaluación donde los miembros de la Facultad discutiéramos, reflexionáramos y fijáramos pautas, esta “autoevaluación” es bajo las pautas y los formularios técnicos de la CONEAU. Formularios donde por ejemplo se marca como grave tener “contenidos excesivos en asignaturas de matemática” (*17) o se pide especificar si existen ciclos comunes entre las carreras (*18). Claramente las mismas planillas a rellenar marcan las pautas que establece la CONEAU para “autoevaluarnos”. La autoevaluación en este contexto dista de un proceso de reflexión y autocrítica, es el primer paso del proceso de acreditación.

Falacia 8) “Si no acreditamos, nos vamos a quedar solos. Todos los demás van a acreditar”

Los últimos años demostraron que estudiantes y docentes de muchas universidades del país estuvieron y están dispuestos a luchar en contra de la LES y la acreditación de las carreras. Un ejemplo es la toma de 29 días de la universidad de Comahue en el 2004, que consiguió que el Consejo Superior de la UNCo rechazara la LES y se opusiera a acreditar las carreras a la CONEAU. Y aunque fuera como dicen las autoridades de la facultad, y todos estuvieran haciendo cola para acreditar, los estudiantes y docentes de la facultad no somos Lemmings, no es necesario seguir a la manada al precipicio.

El año pasado con la toma, el petitorio y la movilización logramos que no pudieran acreditar nuestras carreras en silencio. Las autoridades tuvieron que comprometerse a no realizar los trámites definitivos de acreditación antes del segundo semestre del 2010, pero al mismo tiempo dejaron la puerta abierta para comenzar con el primer paso de la acreditación, la mal llamada “autoevaluación” durante este cuatrimestre. Además, aprovechando el estatuto antidemocrático de la UBA presentaron una lista única de profesores y asi pasaron a controlar 11 de los 16 votos en el Consejo Directivo, más que suficiente para aprobar cualquier cosa.

Es por eso que es fundamental que los estudiantes discutamos y nos organicemos en cada curso para expresar un masivo rechazo a la LES y a la CONEAU, lograr que no puedan avanzar con las acreditaciónes y defender nuestras carreras con formación cientítifica completa y la universidad pública.

CITAS:

(*1) Nota Página 12, “Saludos del Banco Mundial”, 29/6/95.
(*2) Banco Mundial, “Argentina: de la insolvencia al crecimiento”, 1993.
(*3) Banco Mundial, "La enseñanza superior: Las lecciones derivadas de la experiencia", 1995. Banco Mundial - Enseñanza Superior Lecciones Experiencia 1995
(*4) Ley de Educación Superior – Ley 24.521/95. LEY NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR Nro. 24.521
(*5) Acreditación de carreras de grado como parte de un proceso de cambio. Experiencia acumulada”, Taller de Acreditación CONEAU – La Plata - 11/09/09.
(*6) “Políticas Públicas para las Universidades Nacionales”, documento de la Secretaría de Políticas Universitarias, presentado en el CIN, año 2004. Link 
(*7) Notas de diarios: Clarín: “Educación: iniciativa del Ministerio de Educación para las Universidades Nacionales”, 27/8/2004. Ver también en Página/12: “Las familias de carreras adoptan los primeros ciclos básicos comunes”, 1/10/2004. Y en prensa SPU: “Lanzan el proyecto de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos”, 27/10/2005.
(*8) Resolución CONEAU 517/03 que acredita la carrera de Ingeniería en Alimentos del Departamento de Tecnología de la Universidad Nacional de Luján.
(*9) Plataforma de ADU – lista única de profesores en las elecciones del año pasado. http://www.fcen.uba.ar/agrupaciones/adu/plat09.html
(*10) Decreto 499/95 de Menem implementando la LES. Decreto 499-95 
(*11) Nota sobre el Fallo del Juez Marinelli en la Exactamente, Año 3 - Nº 7 - Diciembre de 1996
(*12-13-14) Leyes de colegios profesionales.
(*15) Resolución del Ministerio de Educación 786/09, para la acreditación de las carreras de Computación.
(*16) Documento 1218 elaborado por el Equipo Técnico de la CONEAU y aprobado en la sesión plenaria de los días 29 y 30 de mayo de 2000.
(*17) Hoja 19, presentacion del Taller de Acredicación, 11/09/09.
(*18) Pautas de carga del formulario electrónico para las carreras de Ingenieria. http://www.coneau.gov.ar/index.php?item=23&apps=32
(*19) Orientaciones para el proceso de Autoevaluación Institucional http://www.coneau.gov.ar/index.php?item=23&apps=32

(*20) Resolución Consejo Directivo de la FCEyN 2937/09, artículo 5.
Resolución Consejo Directivo Nº 2937 09/12/2009
Expediente : 00491887 0002 13/11/2009
Tratamiento: Aprobada 07/12/2009

Art.1: Declarar que el CD respalda lo declarado por el Decano Dr. J. Aliaga, reafirmar que no pueden ocurrir acreditaciones de las carreras de grado de la FCEyN en los próximos meses y que las eventuales tramitaciones ante la CONEAU, si las hubiere, no ocurriran antes del 2º semestre de 2010.
Art.2: Encomendar a los Deptos. Doc. y a las Comisiones de Carrera respectivas la continuación y profundización del debate iniciado acerca de la acreditación de carreras de grado y postgrado ante la CONEAU. Instar a los respectivos Deptos. y Comisiones de Carrera a difundir públicamente e invitar a todas las instancias de debate respecto de la acreditación.
Art.3: Encomendar al Sr. Decano por vía de las Secretarias respectivas la organización de jornadas de debate abiertas a todos los claustros y carreras en el ámbito de nuestra comunidad durante la cursada del 1º cuat. de 2010, en la que se respete la pluralidad de ideas, de modo tal de enriquecer y complementar las acciones departamentales y de las comisiones de carrera. Encomendar a la Sec. Académica y a los Deptos. docentes a ejecutar las acciones que correspondan a fin de lograr que durante los debates se pueda garantizar la máxima concurrencia, reprogramando las actividades académicas que fueran posibles.
Art.4: Encomendar al Sr. Decano por vía de las Secretarías respectivas la organización de una consulta con texto unificado a todos los Claustros de la FCEyN previo a la adopción de cualquier Resol. definitiva vinculada a la acreditación de carreras de grado de nuestra Facultad. Solicitar al Sr. Decano que presente un informe durante la primera sesión del CD del mes de abril de 2010 sobre los mecanismos a implementar,para realizar la mencionada consulta.
Art.5: Declarar que la Resol. definitiva a favor o en contra de la acreditación de las carreras de grado de la FCEN debe concebirse como una acción positiva y que no queda condicionada por ningún acto administrativo académico o burocrático tales como el inicio del proceso de autoevaluación de alguna carrera que se realice hasta tanto dicha Resol. sea aprobada. Encomendar al Sr. Decano que solicite la prórroga de los plazos de inicio de la autoevaluación de la carrera de Geología ante la CONEAU.

(*21) ORDENANZA Nº: 005/99 ASUNTO: Procedimientos y pautas para la acreditación de carreras de grado.http://www.coneau.gov.ar/ archivos/623.pdf



Algunos links de interés:

# Página de la CONEAU

Documentos del banco mundial:
# Banco Mundial - Enseñanza Superior Lecciones Experiencia 1995 (pdf 8Mb)
# Argentina - From insolvency to growth - extracto EDUCACION (rar 2181 Kb)

# Información en Universia

La mismísima Ley:
# LEY NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR Nro. 24.521
# Decreto 499-95 (Reglamentación de la LES)
# Fallo del juez Marinelli que declara inconstitucionales los artículos referentes a la acreditación y a la autonomía universitaria de la LES (hoy vigente para la UBA)


Documentos de la CEPA (Corriente Estudiantil Popular Antiimperialista), corriente que integra la lista unidad
# Informe completo sobre la LES y la CONEAU (CEPA - Lista Unidad)
# Documentos CEPA 2003-2008
# Documentos CEPA 1995-1997


Otros documentos
# Curso – taller de acreditación profesional:
“Acreditación de carreras de Informática”.

# CONTENIDOS CURRICULARES BASICOS PARA LAS CARRERAS DE LICENCIATURA EN
CIENCIAS DE LA COMPUTACION, LICENCIATURA EN SISTEMAS/ SISTEMAS DE INFORMA-
CION/ ANALISIS DE SISTEMAS, LICENCIATURA EN INFORMATICA

# Propuesta de Currícula RedUNCI
# Convocatoria 2009 para la acreditación de carreras de grado de Geología, Licenciatura en Geología y Licenciatura en Ciencias Geológicas.
# Declaración de interés público de geología
# Presentación del decano sobre la acreditación de la carrera de química
# Las cuatro reuniónes de decanos de facultades en que se dicta la carrera de química

Algunos proyectos en danza de nueva Ley de Educación Superior (habría varios más que no subimos pero que se pueden consultar en las páginas del senado y diputados)

# Proyecto AUGSBURGER, SILVIA 1
# Proyecto AUGSBURGER, SILVIA 2
# Proyecto Cantero
# Proyecto Puiggros
# Proyecto Donda
# Proyecto Pinedo
# Proyecto Macaluse 

jueves, 8 de abril de 2010

Talleres en el centro cultural el subsuelo

 Reproducimos la información del centro cultural el subsuelo y te invitamos a participar. Talleres a la gorra de Capoeira, Improvisación Teatral, Tango, Teatro Aéreo, Tela, Trapecio y Dirección de Actores y Técnicas de Actuación (este último es gratuito solo para alumnos de FADU, los de exactas, para inscribirse, click aqui)
Blog con más info: http://loscursosdelcentro.blogspot.com/

miércoles, 7 de abril de 2010

Que no avancen con la LES y la CONEAU en exactas


Miércoles 7/4 18hs asamblea estudiantil en el playón del pabellón 2

¡QUE NO AVANCEN CON LA LES Y LA CONEAU!
¡Vamos por el plebiscito!