Información sobre la acreditación a la CoNEAU

La idea de esta página es brindar información a los estudiantes, docentes y graduados sobre el tema de la ley de educación superior. Esta página contiene links a las leyes, reglemantos, decretos, fallos judiciales relacionados con la implementación de la LES y la acreditación a la CONEAU. Contiene también los boletines informativos editados por la Lista Unidad.


Boletín informativo abril - 2010
Boletín informativo marzo - 2010

Sobre las becas CONICET y la acreditación de los posgrados 

Pedido de informes al ministerio de CyT, de Educación y al CONICET y la Agencia. Es una medida legal elaborada en conjunto con el abogado de la gremial docente de Exactas. Tiene información sobre por qué no nos pueden exigir acreditar los posgrados para otorgarnos las becas.

Resumen: - Solicita informe sobre las condiciones de admisibilidad de los graduados de la FCEyN-UBA a concursos de becas de investigación financiadas por organismos dependientes de su Ministerio. – Solicita se dicten las normas necesarias a fin que sus organismos dependientes se abstengan de aplicar la Ley de Educación Superior y normas complementarias para el acceso a becas de investigación.
Diana Rubel, Secretaria General de la Asociación Gremial Docente de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Buenos Aires (en adelante FCEyN-UBA), constituyendo domicilio en Ciudad Universitaria, Intendente Güiraldes 2160, Pabellón 2 (CABA), me dirijo a Ud. a fin de que:
1) Informe si se permitirá a personas graduadas de la FCEN el acceso a becas de investigación de postgrados, tratándose de carreras que no estén acreditadas ante la CONEAU.
2) Informe si se verá afectada la continuidad de las becas, una vez vencida la acreditación del posgrado correspondiente.
3) Se incluya en el informe sobre las posibles consecuencias de obtener un título de una carrera que no esté acreditada ante la CONEAU, y si tendrá algún efecto práctico para el profesional el hecho de haber obtenido el título antes o después del vencimiento de la acreditación del posgrado correspondiente.
4) Dicte las normas necesarias a fin de que sus organismos dependientes se abstengan de aplicar la Ley de Educación Superior, el art. 24 del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 1661/1996 y el art. 2 de la Resolución N° 35/10 de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica -ANPCyT, como marco para los criterios de admisión a las becas de investigación de postgrado, en tanto se encuentra en plena vigencia la sentencia del Juez Federal Marinelli correspondiente a la causa 38.781/95, la cual ha declarado la inconstitucionalidad de, entre otros, los artículos referidos a la obligatoriedad de acreditar las carreras de grado y posgrado de la UBA.



Documentos relacionados con la implementación de la LES y la CONEAU


Algunos links de interés:

# Página de la CONEAU

Documentos del banco mundial:
# Banco Mundial - Enseñanza Superior Lecciones Experiencia 1995 (pdf 8Mb)
# Argentina - From insolvency to growth - extracto EDUCACION (rar 2181 Kb)

# Información en Universia

La mismísima Ley:
# LEY NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR Nro. 24.521
# Decreto 499-95 (Reglamentación de la LES)
# Fallo del juez Marinelli que declara inconstitucionales los artículos referentes a la acreditación y a la autonomía universitaria de la LES (hoy vigente para la UBA)


Documentos de la CEPA (Corriente Estudiantil Popular Antiimperialista), corriente que integra la lista unidad
# Informe completo sobre la LES y la CONEAU (CEPA - Lista Unidad)
# Documentos CEPA 2003-2008
# Documentos CEPA 1995-1997


Otros documentos
# Curso – taller de acreditación profesional:
“Acreditación de carreras de Informática”.

# CONTENIDOS CURRICULARES BASICOS PARA LAS CARRERAS DE LICENCIATURA EN
CIENCIAS DE LA COMPUTACION, LICENCIATURA EN SISTEMAS/ SISTEMAS DE INFORMA-
CION/ ANALISIS DE SISTEMAS, LICENCIATURA EN INFORMATICA

# Propuesta de Currícula RedUNCI
# Convocatoria 2009 para la acreditación de carreras de grado de Geología, Licenciatura en Geología y Licenciatura en Ciencias Geológicas.
# Declaración de interés público de geología
# Presentación del decano sobre la acreditación de la carrera de química
# Las cuatro reuniónes de decanos de facultades en que se dicta la carrera de química

Algunos proyectos en danza de nueva Ley de Educación Superior (habría varios más que no subimos pero que se pueden consultar en las páginas del senado y diputados)

# Proyecto AUGSBURGER, SILVIA 1
# Proyecto AUGSBURGER, SILVIA 2
# Proyecto Cantero
# Proyecto Puiggros
# Proyecto Donda
# Proyecto Pinedo
# Proyecto Macaluse 


CITAS de los boletines informativos:

(*1) Nota Página 12, “Saludos del Banco Mundial”, 29/6/95.
(*2) Banco Mundial, “Argentina: de la insolvencia al crecimiento”, 1993.
(*3) Banco Mundial, "La enseñanza superior: Las lecciones derivadas de la experiencia", 1995. Banco Mundial - Enseñanza Superior Lecciones Experiencia 1995
(*4) Ley de Educación Superior – Ley 24.521/95. LEY NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR Nro. 24.521
(*5) Acreditación de carreras de grado como parte de un proceso de cambio. Experiencia acumulada”, Taller de Acreditación CONEAU – La Plata - 11/09/09.
(*6) “Políticas Públicas para las Universidades Nacionales”, documento de la Secretaría de Políticas Universitarias, presentado en el CIN, año 2004. Link 
(*7) Notas de diarios: Clarín: “Educación: iniciativa del Ministerio de Educación para las Universidades Nacionales”, 27/8/2004. Ver también en Página/12: “Las familias de carreras adoptan los primeros ciclos básicos comunes”, 1/10/2004. Y en prensa SPU: “Lanzan el proyecto de Ciclos Generales de Conocimientos Básicos”, 27/10/2005.
(*8) Resolución CONEAU 517/03 que acredita la carrera de Ingeniería en Alimentos del Departamento de Tecnología de la Universidad Nacional de Luján.
(*9) Plataforma de ADU – lista única de profesores en las elecciones del año pasado. http://www.fcen.uba.ar/agrupaciones/adu/plat09.html
(*10) Decreto 499/95 de Menem implementando la LES. Decreto 499-95 
(*11) Nota sobre el Fallo del Juez Marinelli en la Exactamente, Año 3 - Nº 7 - Diciembre de 1996
(*12-13-14) Leyes de colegios profesionales.
(*15) Resolución del Ministerio de Educación 786/09, para la acreditación de las carreras de Computación.
(*16) Documento 1218 elaborado por el Equipo Técnico de la CONEAU y aprobado en la sesión plenaria de los días 29 y 30 de mayo de 2000.
(*17) Hoja 19, presentacion del Taller de Acredicación, 11/09/09.
(*18) Pautas de carga del formulario electrónico para las carreras de Ingenieria. http://www.coneau.gov.ar/index.php?item=23&apps=32
(*19) Orientaciones para el proceso de Autoevaluación Institucional http://www.coneau.gov.ar/index.php?item=23&apps=32

(*20) Resolución Consejo Directivo de la FCEyN 2937/09, artículo 5.
Resolución Consejo Directivo Nº 2937 09/12/2009
Expediente : 00491887 0002 13/11/2009
Tratamiento: Aprobada 07/12/2009

Art.1: Declarar que el CD respalda lo declarado por el Decano Dr. J. Aliaga, reafirmar que no pueden ocurrir acreditaciones de las carreras de grado de la FCEyN en los próximos meses y que las eventuales tramitaciones ante la CONEAU, si las hubiere, no ocurriran antes del 2º semestre de 2010.
Art.2: Encomendar a los Deptos. Doc. y a las Comisiones de Carrera respectivas la continuación y profundización del debate iniciado acerca de la acreditación de carreras de grado y postgrado ante la CONEAU. Instar a los respectivos Deptos. y Comisiones de Carrera a difundir públicamente e invitar a todas las instancias de debate respecto de la acreditación.
Art.3: Encomendar al Sr. Decano por vía de las Secretarias respectivas la organización de jornadas de debate abiertas a todos los claustros y carreras en el ámbito de nuestra comunidad durante la cursada del 1º cuat. de 2010, en la que se respete la pluralidad de ideas, de modo tal de enriquecer y complementar las acciones departamentales y de las comisiones de carrera. Encomendar a la Sec. Académica y a los Deptos. docentes a ejecutar las acciones que correspondan a fin de lograr que durante los debates se pueda garantizar la máxima concurrencia, reprogramando las actividades académicas que fueran posibles.
Art.4: Encomendar al Sr. Decano por vía de las Secretarías respectivas la organización de una consulta con texto unificado a todos los Claustros de la FCEyN previo a la adopción de cualquier Resol. definitiva vinculada a la acreditación de carreras de grado de nuestra Facultad. Solicitar al Sr. Decano que presente un informe durante la primera sesión del CD del mes de abril de 2010 sobre los mecanismos a implementar,para realizar la mencionada consulta.
Art.5: Declarar que la Resol. definitiva a favor o en contra de la acreditación de las carreras de grado de la FCEN debe concebirse como una acción positiva y que no queda condicionada por ningún acto administrativo académico o burocrático tales como el inicio del proceso de autoevaluación de alguna carrera que se realice hasta tanto dicha Resol. sea aprobada. Encomendar al Sr. Decano que solicite la prórroga de los plazos de inicio de la autoevaluación de la carrera de Geología ante la CONEAU.

(*21) ORDENANZA Nº: 005/99 ASUNTO: Procedimientos y pautas para la acreditación de carreras de grado.http://www.coneau.gov.ar/ archivos/623.pdf