miércoles, 26 de agosto de 2009

Que la FCEyN rechace los fondos del saqueo y la contaminación!

El miércoles 26/8 en la sesión del Consejo Superior, la UBA aceptó los fondos provenientes del YMAD, de la explotación del emprendimiento minero Bajo La Alumbrera, contando con el voto a favor del decano Aliaga.

Desde la Lista Unidad rechazamos que Exactas, la UBA y las Universidades Nacionales acepten estos fondos, provenientes del saqueo y la contaminación que llevan adelante monopolios extranjeros en emprendimientos mega-mineros como el de Bajo La Alumbrera. Creemos que la universidad pública debe financiarse con fondos estatales, y que la salida al ahogo presupuestario del gobierno kirchnerista a la educación es salir a luchar por el presupuesto necesario, en lugar de impulsar el autoajuste y autofinanciamiento como con este tipo de fondos.

En este sentido, un grupo de estudiantes, graduados y docentes elaboramos un proyecto de resolución para que la Facultad y la UBA rechacen el financiamiento procedente de YMAD [1], que fue presentado por la Lista Unidad y la minoría de graduados (Graduados al Frente) en el Consejo Directivo. Este proyecto se trató el lunes 24/8 en el Consejo Directivo, frente a decenas de estudiantes y docentes que nos movilizamos para que la facultad rechace estos fondos. Con argumentos como "podemos coincidir en rechazar la mega-minería, pero la plata viene por ley, así que estamos de acuerdo en aceptarla", los profesores de mayoría (ADU) y minoría (UyC), 2 graduados de Sumatoria y el estudiante de Sinergia votaron volver el proyecto a comisión, pese a que este tema se definía el miércoles en el Consejo Superior. Durante el debate no faltaron argumentos tales como que "no está probado que sea enorme la contaminación" que genera este emprendimiento, como llegó a plantear la directora del Departamento de Geología.

Muchos pueblos a lo largo de la cordillera sufren esa "no enorme contaminación" y vienen enfrentando la instalación de estos emprendimientos mega-mineros. Estos emprendimientos son posibles gracias a leyes mineras aprobadas durante el gobierno de Menem y que el actual gobierno kirchnerista mantiene. Leyes que legalizan el saqueo de nuestro patrimonio nacional, con incentivos fiscales tan grandes que finalmente el Estado subvenciona a monopolios extranjeros para que se lleven nuestros recursos. Aceptar estos fondos es, en los hechos, avalar esta política de saqueo y contaminación, y desoír esas luchas.

Firmá el petitorio para que la facultad y la UBA rechacen estos fondos!

Sumate a la organización de la peña el viernes 4/9 en el comedor del pabellón II contra el saqueo y la contaminación de las mineras!


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[1] Proyecto de Resolución para que la Facultad y la UBA rechacen los fondos de YMAD

VISTO

La denuncia realizada por el Premio Nobel de la Paz, Adolfo Perez Esquivel, en relación a la distribución, entre las universidades públicas, de fondos provenientes del emprendimiento minero Bajo La Alumbrera, de Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD), ubicado en la provincia de Catamarca.

La ley 14.771, según la cual las utilidades líquidas de YMAD le corresponden a la provincia de Catamarca un 60%, a la Universidad de Tucumán un 20% y el 20% restante se dirige al CIN y las demás universidades nacionales.

El Acuerdo Plenario 672/08 del Consejo InterUniversitario Nacional (CIN) del 27 de Mayo de 2008, que lleva por título “YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO. DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES LÍQUIDAS.” y por medio del cual se aprueba la distribución entre las Universidades Nacionales de $50 millones provenientes de las utilidades de YMAD.

El Acuerdo Plenario 699/09 del CIN del 18 de Mayo de 2009, que lleva por título “YACIMIENTOS MINEROS DE AGUA DE DIONISIO. DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES LÍQUIDAS” y por medio del cual se aprueba la distribución entre las Universidades Nacionales de $36,8 millones provenientes de las utilidades de YMAD.

Los documentos que organizaciones no gubernamentales, como el SERPAJ (Servicio de Paz y Justicia) a cargo del Premio Nóbel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel y distintos investigadores independientes han publicado y presentado respaldando las denuncias sobre sucesivas violaciones a los derechos humanos y al medio ambiente efectuadas por distintas empresas mineras, pero por sobre todo por la Minera Alumbrera Ltd.

CONSIDERANDO

Que las necesidades financieras de las universidades nacionales, insatisfechas con las partidas presupuestarias asignadas por el Congreso de la Nación, no deben cubrirse con fondos de origen privado.

Que menos aún puede el financiamiento provenir de una actividad que implica el saqueo de nuestros recursos naturales y contaminación, que genera cada día más violaciones a los derechos humanos de las poblaciones aledañas estos mega-emprendimientos.

Que la llegada de estos monopolios extranjeros y el comienzo de la gran minería en Argentina se hizo posible a partir de 1993, cuando fue sancionada la Ley 24.196 de Inversiones Mineras, que desreguló todo el sector minero y estableció una serie de beneficios para estas empresas, sin exigirles nada en contraparte. Esta ley fue modificada por las leyes 24.296, 25.161 y 25.429, que acentuaron el tratamiento preferencial a las mismas. Los gobiernos de De la Rúa, Duhalde y Kirchner siguieron el camino trazado por Menem en los años 1990.

Que esta actividad constituye un saqueo del patrimonio nacional.Principalmente, la ley 24.196 de Inversiones Mineras establece una seriede incentivos fiscales a la exploración y explotación minera; las empresas pueden deducir el 100% de sus gastos de exploración del cálculo del impuesto a las ganancias; se les devuelve el IVA a la exploración, así como el IVA en importación o compra de bienes e inversiones de infraestructura; no pagan derechos de importación; no pagan el impuesto al cheque; pueden deducir el 100% del Impuesto a los combustibles líquidos. Además están autorizadas a no ingresar al país el 100% de las divisas obtenidas por sus exportaciones (decretos 417/03 y 753/04) y no pagan ninguna carga o impuesto para transferir capitales al exterior del país. La Ley establece asimismo que estos beneficios no les podrán ser retirados por un periodo de treinta años a partir de su instalación.

Que en contraparte de todos esos beneficios, las empresas mineras tienen que pagar regalías a las provincias, pero la ley 24.196 fija como tope el 3% del valor del mineral extraído en boca de mina, que en ciertos casos ese monto termina siendo menor a todos los reintegros hechos a la empresas mineras. Así el Estado Nacional y las provincias pagan a las empresas mineras para que se lleven los recursos minerales afuera del país

Que cuanto al cuidado del medioambiente, la ley de 1993 obliga a las empresas mineras a realizar un aporte en tal sentido, pero no le fija ningún mínimo para este gasto.

Que el yacimiento que hoy explota Minera Alumbrera Ltd. fue descubierto por Abel Peirano, que lo registró a nombre de la Universidad de Tucumán en 1948. Luego la Provincia de Catamarca reivindicó su derecho a la propiedad del yacimiento por lo que se conformó YMAD, una empresa interestatal de derecho privado. Para explotar la mina, en 1994, YMAD conformó con la empresa transnacional Minera Alumbrera Ltd. una unión transitoria de empresas (UTE), por la cual recibe el 20% de las ganancias de esta explotación. De este monto, según la ley 14.771, a la provincia de Catamarca le corresponde un 60%, a la Universidad de Tucumán un 20% y el 20% restante se dirige al CIN y las demás universidades nacionales.

Que esta actividad minera provoca contaminación del aire, del agua y de los suelos. Esta contaminación tiene graves consecuencias para la salud del ambiente, de las personas y de los animales que habitan los lugares cercanos al emprendimiento.

Que el recurso natural más afectado por la gran minería es el agua. Las actividades mineras implican un consumo desproporcionado de este bien público (Minera Alumbrera Ltd. utiliza 100 millones de litros por día), reduciendo las napas freáticas locales: cada yacimiento necesita millones de litros de agua cada día, en zonas donde ya es un recurso escaso (la sola mina Bajo La Alumbrera consume 100 millones de litros por día). Tal extracción de agua pura y dulce del acuífero del Campo Arenal llevó a la reducción de caudales en ríos que se alimentan de ese acuífero. Además contaminan los estanques de agua, arroyos, ríos, lagos de la región, principalmente por falta de tratamiento de las aguas usadas y por los derrames tóxicos de minerales (en varias ocasiones se rompió el mineraloducto de dicha empresa). Los canales donde se vierten los afluentes de la planta de secado del yacimiento Bajo La Alumbrera, sirven como fuente de agua para animales, riego de hortalizas y eventualmente bebida de personas.

Que la contaminación de los suelos por depósito de partículas sedimentadas producto de las lluvias, por el vertido directo de los productos líquidos de la actividad minera, o por la infiltración de productos de lixiviación del entorno minero, tiene un impacto fuertemente negativo sobre la vegetación y sobre la productividad de esos suelos. Se infiltran y contaminan la capa superficial del suelo y las napas de agua, se favorece la erosión y por lo tanto la desertificación, acelerando ese proceso ya problemático en zonas áridas, como es el caso de Catamarca.

Que la explotación minera irresponsable produce impactos sobre la salud humana. Los daños son tan inmediatos y profundos que afectan a las poblaciones actuales que toman agua “envenenada”, respiran aire contaminado y además consumen carne y verduras contaminadas por los productos químicos presentes en el agua y el suelo (como As, cianuro y metales pesados).

Que al impedir el desarrollo de las actividades económicas tradicionales, las empresas mineras como Minera Alumbrera Ltd. atentan también contra los derechos culturales de las poblaciones locales. La práctica de la ganadería o de otras actividades económicas es parte de la identidad de esos pobladores. En particular, es el caso de los pueblos originarios, cuya relación con el medio ambiente es un aspecto central de su cultura. La destrucción del medio ambiente, de la fauna y de la flora, causada por sus actividades es una amenaza directa a su identidad y a su cultura.

Que si bien los aportes de YMAD están previstos por ley, tanto el CIN como las universidades beneficiadas con los fondos procedentes de YMAD (y sus operadoras mineras) deberían haber analizado previamente la bibliografía, las denuncias internacionales y la dramática situación social y ambiental generada por estas tres mineras en distintos países de América Latina y el mundo.

Que las Universidades Nacionales no deberían recibir dinero de empresas cuyos directivos enfrentan causas penales por delito ambiental y que ignoran además los derechos que tienen las futuras generaciones de argentinos.

Que las Universidades Nacionales deberían rechazar estos aportes porque condicionan la necesaria independencia de mismas cada vez que investigan y producen dictámenes técnicos, y porque la empresa que gerencia la mina, Alumbrera Copper, y las restantes poseedoras del paquete de acciones, Goldcorp Inc. Y Yamana Gold, han sido acusadas en distintos países (incluido la República Argentina) por incumplir normas vigentes, violar derechos humanos, dañar el ambiente y comprometer la existencia y funcionamiento de cuencas hídricas vitales para ambientes semiáridos.

Que las universidades, sobre todo la universidad pública, tienen el deber de mantener una mirada crítica sobre toda actividad productiva y sus impactos sobre la población. Mantener esta distancia crítica implica que la universidad goce de una total independencia para desarrollar sus investigaciones. El hecho de que la producción de saberes técnicos dependa, entre otros, de fondos originados en una actividad tan cuestionada como la que desarrolla Minera Alumbrera Ltd. le resta confiabilidad.

Que las universidades, sobre todo la universidad pública, deben actuar en defensa del bien público y estar al servicio de los ciudadanos, y eso requiere una total independencia de los intereses privados.

El Consejo Directivo de la FCEyN RESUELVE:

Artículo 1º: Rechazar los fondos procedentes de la distribución de beneficios de YMAD (Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio) acordados en el Consejo Interuniversitario Nacional (Acuerdo Plenario N° 699 del 18 de mayo de 2009) y proponer al Consejo Superior de la Universidad de Buenos Aires que adopte la misma posición.

Artículo 2º: Proponer al Consejo Superior la creación de una Comisión en el ámbito de la Universidad de Buenos Aires, con representantes de distintas Facultades, incluida la Facultad de Cs. Exactas, para que clarifique y luego informe si se aceptó un aporte similar del YMAD en el año 2008 (Acuerdo Plenario del CIN 672/2008) y el destino de esos fondos.

Artículo 3º: En el caso de que el Consejo Superior comparta los argumentos y lo resolutivo de la presente resolución, difunda su posición al resto del Sistema Universitario Nacional.